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El gobierno dice que busca calidad educativa y hace lo contrario a ello: Profesionales con titulo distinto al de educación, podrán continuar ejerciendo la docencia, debido a que el Congreso de la República aprobó la ley que exonera el requisito de inscripción en el Colegio de Profesores para ejercer el magisterio.
Según precisa la ley 29510 beneficiará a los profesionales universitarios que ejercen la docencia en áreas afines a su especialidad, en instituciones educativas públicas, privadas.
Por otro lado, los profesionales extranjeros podrán ejercer la docencia en el país, pero
deberán contar con un título que les permita ejercer la docencia en su país de origen.Como era de esperarse, dicha Ley ha recibido el rechazo unánime de los maestros de vocación, el SUTEP y otros organismos que buscan efectivamente la calidad de la educación.
DESCARGAR LEY : http://spij.minjus.gob.pe/Normas/textos/240310T.pdf
Descargar norma en formato word
ResponderEliminarhttp://derechoperu.wordpress.com/2010/03/26/ley-29510-establece-la-no-exigencia-de-colegiacion-para-el-ejercicio-de-la-docencia/